{"id":782,"date":"2017-02-03T17:27:56","date_gmt":"2017-02-03T22:27:56","guid":{"rendered":"https:\/\/pdlaworlando.com\/inmigracion\/empresas\/"},"modified":"2023-08-17T20:06:57","modified_gmt":"2023-08-18T01:06:57","slug":"empresas","status":"publish","type":"page","link":"https:\/\/pdlaworlando.com\/es\/inmigracion\/empresas\/","title":{"rendered":"Empresas"},"content":{"rendered":"<div class=\"wpb-content-wrapper\">[vc_row][vc_column][vc_column_text css=&#8221;.vc_custom_1488316719366{margin-bottom: 10px !important;}&#8221;]\n<h2>Visa para inversores<\/h2>\n[\/vc_column_text][vc_tta_accordion spacing=&#8221;2&#8243; gap=&#8221;25&#8243; active_section=&#8221;&#8221; collapsible_all=&#8221;true&#8221;][vc_tta_section title=&#8221;E1 y E2&#8243; tab_id=&#8221;1488315474652-970825f3-9cef&#8221;][vc_column_text]La Visa E se basan en los tratados que Estados Unidos mantiene con otros pa\u00edses. La Visa E est\u00e1n disponibles para los comerciantes con tratado y los inversores internacionales nacionales o ciudadanos de esos pa\u00edses con tratado.<\/p>\n<h4>E1 &#8211; Comerciantes con tratado<\/h4>\n<p>Los comerciantes con tratado son aquellos que realizan un comercio sustancial de bienes, servicios y tecnolog\u00eda entre EE.UU. y un pa\u00eds extranjero con tratado. Para poder optar a ella, deben cumplirse los siguientes criterios<\/p>\n<ul>\n<li>Debe ser nacional de un pa\u00eds con el que Estados Unidos mantenga un tratado<\/li>\n<li>Realizar intercambios comerciales sustanciales<\/li>\n<li>Llevar a cabo el comercio principal entre Estados Unidos y el pa\u00eds del tratado<\/li>\n<\/ul>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es el comercio?<\/p>\n<p>El comercio es el intercambio internacional de art\u00edculos entre Estados Unidos y el pa\u00eds tratado. Estos art\u00edculos pueden incluir bienes, servicios, seguros, transporte, turismo, tecnolog\u00eda, etc.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es el comercio sustancial?<\/p>\n<p>Es el flujo continuo de art\u00edculos. No hay requisitos m\u00ednimos en cuanto al importe monetario o el volumen de cada transacci\u00f3n, sino que se presta m\u00e1s atenci\u00f3n al n\u00famero de transacciones a lo largo del tiempo.<\/p>\n<p>\u00bfQu\u00e9 es el comercio principal?<\/p>\n<p>M\u00e1s del 50% del comercio total debe realizarse entre Estados Unidos y el pa\u00eds del tratado.<\/p>\n<p>\u00bfQui\u00e9n puede ser empleado de un comerciante con tratado?<\/p>\n<p>Para ser empleado de un comerciante con tratado hay que tener la misma nacionalidad que el comerciante con tratado, cumplir la definici\u00f3n de empleado, ocupar un puesto de supervisi\u00f3n o ejecutivo o tener aptitudes especiales.<\/p>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta inicial gratuita para discutir visas E1.<\/p>\n<h4>E2 &#8211; Inversor de tratado<\/h4>\n<p>El programa de La Visa E-2 ofrece privilegios de inmigraci\u00f3n a los inversores que sean ciudadanos de pa\u00edses que mantengan tratados de comercio con Estados Unidos. El visado E-2 para inversores se aplica a quienes realizan una inversi\u00f3n de capital considerable en una empresa situada en Estados Unidos. Un inversor en virtud de un tratado debe cumplir los siguientes criterios para poder optener\u00a0La Visa E-2:<\/p>\n<ul>\n<li>La persona o empresa debe ser nacional de un pa\u00eds con el que Estados Unidos mantenga un tratado.<\/li>\n<li>La persona o empresa ha realizado o est\u00e1 en proceso de realizar una <em>inversi\u00f3n de capital sustancial<\/em>(v\u00e9ase la explicaci\u00f3n m\u00e1s abajo) en una empresa comercial de buena fe en Estados Unidos.<\/li>\n<li>La persona es el principal inversor que dirigir\u00e1 y desarrollar\u00e1 la empresa, o un ejecutivo, supervisor o empleado cuyos servicios son esenciales para el funcionamiento eficaz de la empresa estadounidense.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La inversi\u00f3n de capital consiste en que el inversor en un tratado ponga capital, incluidos fondos u otros activos, en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar un beneficio. Para ello, el capital debe estar sujeto a p\u00e9rdidas si la inversi\u00f3n fracasa. El inversor del tratado debe demostrar que los fondos no proceden de actividades delictivas.<\/p>\n<p>La inversi\u00f3n sustancial es 1) sustancial en relaci\u00f3n con la compra de una empresa establecida o la creaci\u00f3n de una nueva; 2) suficiente para garantizar el compromiso financiero del inversor del tratado con el buen funcionamiento de la empresa; y 3) de una magnitud que respalde la probabilidad de que el inversor del tratado desarrolle y dirija con \u00e9xito la empresa.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n es un requisito que la inversi\u00f3n se realice en una empresa de buena fe. Una empresa de buena fe en aquella que es una empresa comercial o empresarial activa y en funcionamiento que produce servicios o bienes con \u00e1nimo de lucro. La empresa debe cumplir los requisitos legales aplicables para ejercer su actividad en su ubicaci\u00f3n. Es importante tener en cuenta que la empresa debe ser de naturaleza activa, lo que significa que las inversiones pasivas, como las de los mercados burs\u00e1tiles y las inmobiliarias, no cumplen los requisitos.<\/p>\n<p>La Visa E2 permiten una estancia inicial m\u00e1xima de dos a\u00f1os. Pueden concederse pr\u00f3rrogas de hasta dos a\u00f1os cada una si las condiciones no han cambiado y el tratado con el pa\u00eds de origen del inversor sigue en vigor. Los titulares de la Visa E-2 pueden solicitar cualificaciones de no inmigrante dependiente para c\u00f3nyuges e hijos menores de veinti\u00fan a\u00f1os, lo que permite a los hijos asistir a la escuela y a los c\u00f3nyuges solicitar un permiso de trabajo.<\/p>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir las visas E2.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section title=&#8221;EB5&#8243; tab_id=&#8221;1488315474698-6b14f485-42ca&#8221;][vc_column_text]Las leyes de inmigraci\u00f3n estadounidenses ponen la Visa a disposici\u00f3n de los inmigrantes inversores que deseen entrar en Estados Unidos para emprender nuevas empresas comerciales. Exige que las empresas comerciales beneficien a la econom\u00eda estadounidense mediante la creaci\u00f3n de empleo y la inversi\u00f3n de capital. Para tener derecho a la condici\u00f3n de inmigrante inversor, un ciudadano extranjero debe invertir, sin pedir prestado, las siguientes cantidades m\u00ednimas en una empresa comercial que re\u00fana los requisitos:<\/p>\n<ul>\n<li>1.000.000 $ (EE.UU.); o<\/li>\n<li>500.000 $ (EE.UU.) en una zona de alto desempleo o rural, considerada zona objetivo de empleo. Una zona objetivo de empleo es una zona que, en el momento de la inversi\u00f3n, es una zona rural o una zona que experimenta un desempleo de al menos el 150% de la tasa media nacional.<\/li>\n<\/ul>\n<ol>\n<li style=\"list-style-type: none;\"><\/li>\n<\/ol>\n<p>El inversor debe demostrar el origen de la inversi\u00f3n de capital. Por capital se entiende efectivo, equipos, existencias, otros bienes tangibles, equivalentes de efectivo y endeudamiento garantizado por activos propiedad del empresario extranjero. El inversor debe demostrar el origen del capital demostrando que procede de un pa\u00eds extranjero y de fuentes l\u00edcitas.<\/p>\n<p>Una inversi\u00f3n subvencionable debe crear o conservar, en un plazo de dos a\u00f1os, puestos de trabajo a tiempo completo para al menos diez ciudadanos estadounidenses, residentes legales permanentes u otros inmigrantes autorizados a trabajar en Estados Unidos. Este n\u00famero no debe incluir al inversor ni a su c\u00f3nyuge e hijos<\/p>\n<p>Los empleos creados o conservados pueden ser directos o indirectos. Los empleos directos son puestos de trabajo reales e identificables para empleados cualificados, dentro de la empresa en la que el inversor EB-5 ha invertido directamente el capital. Los empleos indirectos se crean de forma colateral o como resultado del capital invertido en una empresa comercial. Es importante se\u00f1alar que un inversor extranjero s\u00f3lo puede utilizar el c\u00e1lculo del empleo indirecto si est\u00e1 afiliado a un centro regional de inversi\u00f3n. Los empleos creados o conservados deben ser a tiempo completo. Para ser considerado a tiempo completo, un empleado cualificado debe estar contratado por la nueva empresa comercial en un puesto que requiera un m\u00ednimo de 35 horas de trabajo semanales.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n se conceden la Visa de inversor a quienes inviertan en empresas comerciales asociadas a centros regionales destinados a promover el crecimiento econ\u00f3mico. Se trata de una alternativa viable para quienes buscan un enfoque no intervencionista y poco o ning\u00fan retorno de la inversi\u00f3n. La inversi\u00f3n requerida en un Centro Regional es de 500.000 $ (EE.UU.).<\/p>\n<p>El inversor EB-5 y su familia obtienen el estatuto de residente permanente condicional durante un per\u00edodo de dos a\u00f1os. Este estatus condicional se basa en que el inversor cumpla los requisitos de\u00a0la Visa EB-5. Transcurrido este periodo de dos a\u00f1os, el inversor y su familia pueden solicitar que se eliminen las condiciones de su tarjeta verde.<\/p>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir las visas EB5.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][\/vc_tta_accordion][vc_column_text css=&#8221;.vc_custom_1488316702814{margin-top: 25px !important;margin-bottom: 10px !important;}&#8221;]\n<h2>Visa de trabajo<\/h2>\n[\/vc_column_text][vc_tta_accordion spacing=&#8221;2&#8243; gap=&#8221;25&#8243; active_section=&#8221;&#8221; collapsible_all=&#8221;true&#8221;][vc_tta_section title=&#8221;H1B&#8221; tab_id=&#8221;1488315931531-d1b61510-8260&#8243;][vc_column_text]\n<p>Los individuos con habilidades profesionales que quieran laborar en Estados Unidos pueden considerar la Visa H1B. Para ser candidato a esta visa, es necesario cumplir con los siguientes criterios:<\/p>\n<ul>\n<li>Debe existir un empleador en EE.UU. que justifique la contrataci\u00f3n de un profesional extranjero y est\u00e9 dispuesto a patrocinarlo.<\/li>\n<li>Las profesiones que califican son aquellas que exigen conocimientos especializados, tales como ingenieros, m\u00e9dicos, docentes, contadores, profesionales de negocios, arquitectos, entre otros.<\/li>\n<li>El solicitante tiene que acreditar que cuenta con las competencias requeridas, ya sea a trav\u00e9s de t\u00edtulos acad\u00e9micos o experiencia equiparable.<\/li>\n<li>Es esencial que el empleador obtenga un certificado del Departamento de Trabajo estadounidense. Con esta certificaci\u00f3n en mano, puede luego realizar la petici\u00f3n formal ante las entidades de inmigraci\u00f3n de EE.UU.<\/li>\n<\/ul>\n<p>La Visa H1B tiene una validez inicial de 3 a\u00f1os, pero puede renovarse por un m\u00e1ximo de 6 a\u00f1os. El trabajador puede traer a su c\u00f3nyuge y a sus hijos menores de 21 a\u00f1os. puede Durante este periodo, el empresario puede decidir solicitar una tarjeta verde mediante un proceso PERM.<\/p>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir visas H1B.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section title=&#8221;Visa O&#8221; tab_id=&#8221;1488315931775-99c3002a-4b7f&#8221;][vc_column_text]La Visa O est\u00e1n disponibles para aquellas personas consideradas de &#8220;capacidad extraordinaria&#8221;. A menudo lo utilizan deportistas, artistas y cient\u00edficos que desean trabajar en su campo particular en Estados Unidos. La Visa O se concede inicialmente por un periodo de 3 a\u00f1os, pero puede prorrogarse indefinidamente.<\/p>\n<p>Para ser elegible para la Visa O, es necesario demostrar habilidades excepcionales en campos como las artes, ciencias, educaci\u00f3n, negocios o atletismo, o tener un historial de \u00e9xitos destacados en la industria del cine o la televisi\u00f3n.<\/p>\n<p>El solicitante debe evidenciar al menos 3 de los siguientes criterios:<\/p>\n<ul>\n<li>Recepci\u00f3n de premios o distinciones de relevancia nacional o internacional por m\u00e9ritos en su \u00e1rea de especialidad.<\/li>\n<li>Membres\u00eda en asociaciones relacionadas con el campo de inter\u00e9s, donde se requieran logros notables, seg\u00fan expertos renombrados a nivel nacional o internacional.<\/li>\n<li>Publicaciones sobre el solicitante y su trabajo en medios profesionales, comerciales o relevantes, relacionados con el \u00e1rea en la que busca ser clasificado.<\/li>\n<li>Aportaciones significativas, ya sean cient\u00edficas, acad\u00e9micas o empresariales, en su \u00e1rea de especialidad.<\/li>\n<li>Publicaci\u00f3n de art\u00edculos en revistas especializadas o en medios de gran reconocimiento relacionados con su campo.<\/li>\n<li>Recibo de un salario significativo o compensaciones por sus servicios, demostrado a trav\u00e9s de contratos u otros medios confiables.<\/li>\n<li>Involucramiento como miembro de un jurado o evaluador del trabajo de otros en su campo o en una disciplina relacionada.<\/li>\n<li>Desempe\u00f1o en roles fundamentales para organizaciones de renombre o prestigio en su \u00e1rea.<\/li>\n<\/ul>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir visas O.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section title=&#8221;P Visa&#8221; tab_id=&#8221;1488316033834-99a54c7a-9ce5&#8243;][vc_column_text]La Visa P est\u00e1n disponibles para atletas (incluidos entrenadores), artistas y animadores que deseen actuar en Estados Unidos.<\/p>\n<p>La Visa P1A est\u00e1 destinado a quienes pretendan venir a EE.UU. para actuar en una competici\u00f3n espec\u00edfica como individuo o miembro de un equipo. El solicitante debe demostrar una habilidad y un reconocimiento por encima de lo ordinario.<\/p>\n<p>La Visa P1B est\u00e1 destinado a artistas int\u00e9rpretes o ejecutantes que sean miembros de un grupo de entretenimiento reconocido internacionalmente.<\/p>\n<p>La Visa P2 est\u00e1 destinado a quienes pretendan actuar como artista o animador, individualmente o formando parte de un grupo como parte de un programa de intercambio cultural entre organizaciones de EE.UU. y otro pa\u00eds.<\/p>\n<p>La Visa P3 est\u00e1 destinado a quienes deseen venir a EE.UU. para ense\u00f1ar, entrenar o actuar individualmente o como parte de un programa culturalmente \u00fanico.<\/p>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir sobre la Visa P.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section title=&#8221;R Visa&#8221; tab_id=&#8221;1488316068945-ebcc181c-f5db&#8221;][vc_column_text]La Visa R est\u00e1n destinados a aquellos trabajadores religiosos que deseen venir a EE.UU. para trabajar como ministro u otra ocupaci\u00f3n religiosa. Los trabajadores religiosos deben trabajar en&#8221;<\/p>\n<ul>\n<li>Organizaci\u00f3n religiosa sin \u00e1nimo de lucro de Estados Unidos;<\/li>\n<li>Una organizaci\u00f3n religiosa autorizada por el titular de una exenci\u00f3n fiscal de grupo a utilizar su exenci\u00f3n fiscal de grupo.<\/li>\n<li>Organizaci\u00f3n religiosa sin \u00e1nimo de lucro afiliada a una confesi\u00f3n religiosa en Estados Unidos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir la Visa R.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][\/vc_tta_accordion][\/vc_column][\/vc_row]\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>[vc_row][vc_column][vc_column_text css=&#8221;.vc_custom_1488316719366{margin-bottom: 10px !important;}&#8221;] Visa para inversores [\/vc_column_text][vc_tta_accordion spacing=&#8221;2&#8243; gap=&#8221;25&#8243; active_section=&#8221;&#8221; collapsible_all=&#8221;true&#8221;][vc_tta_section title=&#8221;E1 y E2&#8243; tab_id=&#8221;1488315474652-970825f3-9cef&#8221;][vc_column_text]La Visa E se basan en los tratados que Estados Unidos mantiene con otros pa\u00edses. La Visa E est\u00e1n disponibles para los comerciantes con tratado y los inversores internacionales nacionales o ciudadanos de esos pa\u00edses con tratado. E1 &#8211; Comerciantes con tratado Los comerciantes con tratado son aquellos que realizan un comercio sustancial de bienes, servicios y tecnolog\u00eda entre EE.UU. y un pa\u00eds extranjero con tratado. Para poder optar a ella, deben cumplirse los siguientes criterios Debe ser nacional de un pa\u00eds con el que Estados Unidos mantenga un tratado Realizar intercambios comerciales sustanciales Llevar a cabo el comercio principal entre Estados Unidos y el pa\u00eds del tratado \u00bfQu\u00e9 es el comercio? El comercio es el intercambio internacional de art\u00edculos entre Estados Unidos y el pa\u00eds tratado. Estos art\u00edculos pueden incluir bienes, servicios, seguros, transporte, turismo, tecnolog\u00eda, etc. \u00bfQu\u00e9 es el comercio sustancial? Es el flujo continuo de art\u00edculos. No hay requisitos m\u00ednimos en cuanto al importe monetario o el volumen de cada transacci\u00f3n, sino que se presta m\u00e1s atenci\u00f3n al n\u00famero de transacciones a lo largo del tiempo. \u00bfQu\u00e9 es el comercio principal? M\u00e1s del 50% del comercio total debe realizarse entre Estados Unidos y el pa\u00eds del tratado. \u00bfQui\u00e9n puede ser empleado de un comerciante con tratado? Para ser empleado de un comerciante con tratado hay que tener la misma nacionalidad que el comerciante con tratado, cumplir la definici\u00f3n de empleado, ocupar un puesto de supervisi\u00f3n o ejecutivo o tener aptitudes especiales. P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta inicial gratuita para discutir visas E1. E2 &#8211; Inversor de tratado El programa de La Visa E-2 ofrece privilegios de inmigraci\u00f3n a los inversores que sean ciudadanos de pa\u00edses que mantengan tratados de comercio con Estados Unidos. El visado E-2 para inversores se aplica a quienes realizan una inversi\u00f3n de capital considerable en una empresa situada en Estados Unidos. Un inversor en virtud de un tratado debe cumplir los siguientes criterios para poder optener\u00a0La Visa E-2: La persona o empresa debe ser nacional de un pa\u00eds con el que Estados Unidos mantenga un tratado. La persona o empresa ha realizado o est\u00e1 en proceso de realizar una inversi\u00f3n de capital sustancial(v\u00e9ase la explicaci\u00f3n m\u00e1s abajo) en una empresa comercial de buena fe en Estados Unidos. La persona es el principal inversor que dirigir\u00e1 y desarrollar\u00e1 la empresa, o un ejecutivo, supervisor o empleado cuyos servicios son esenciales para el funcionamiento eficaz de la empresa estadounidense. La inversi\u00f3n de capital consiste en que el inversor en un tratado ponga capital, incluidos fondos u otros activos, en riesgo en el sentido comercial con el objetivo de generar un beneficio. Para ello, el capital debe estar sujeto a p\u00e9rdidas si la inversi\u00f3n fracasa. El inversor del tratado debe demostrar que los fondos no proceden de actividades delictivas. La inversi\u00f3n sustancial es 1) sustancial en relaci\u00f3n con la compra de una empresa establecida o la creaci\u00f3n de una nueva; 2) suficiente para garantizar el compromiso financiero del inversor del tratado con el buen funcionamiento de la empresa; y 3) de una magnitud que respalde la probabilidad de que el inversor del tratado desarrolle y dirija con \u00e9xito la empresa. Tambi\u00e9n es un requisito que la inversi\u00f3n se realice en una empresa de buena fe. Una empresa de buena fe en aquella que es una empresa comercial o empresarial activa y en funcionamiento que produce servicios o bienes con \u00e1nimo de lucro. La empresa debe cumplir los requisitos legales aplicables para ejercer su actividad en su ubicaci\u00f3n. Es importante tener en cuenta que la empresa debe ser de naturaleza activa, lo que significa que las inversiones pasivas, como las de los mercados burs\u00e1tiles y las inmobiliarias, no cumplen los requisitos. La Visa E2 permiten una estancia inicial m\u00e1xima de dos a\u00f1os. Pueden concederse pr\u00f3rrogas de hasta dos a\u00f1os cada una si las condiciones no han cambiado y el tratado con el pa\u00eds de origen del inversor sigue en vigor. Los titulares de la Visa E-2 pueden solicitar cualificaciones de no inmigrante dependiente para c\u00f3nyuges e hijos menores de veinti\u00fan a\u00f1os, lo que permite a los hijos asistir a la escuela y a los c\u00f3nyuges solicitar un permiso de trabajo. P\u00f3ngase en contacto con nosotros en el (407) 490-0696 o utilizando el formulario de la derecha para una consulta para discutir las visas E2.[\/vc_column_text][\/vc_tta_section][vc_tta_section title=&#8221;EB5&#8243; tab_id=&#8221;1488315474698-6b14f485-42ca&#8221;][vc_column_text]Las leyes de inmigraci\u00f3n estadounidenses ponen la Visa a disposici\u00f3n de los inmigrantes inversores que deseen entrar en Estados Unidos para emprender nuevas empresas comerciales. Exige que las empresas comerciales beneficien a la econom\u00eda estadounidense mediante la creaci\u00f3n de empleo y la inversi\u00f3n de capital. Para tener derecho a la condici\u00f3n de inmigrante inversor, un ciudadano extranjero debe invertir, sin pedir prestado, las siguientes cantidades m\u00ednimas en una empresa comercial que re\u00fana los requisitos: 1.000.000 $ (EE.UU.); o 500.000 $ (EE.UU.) en una zona de alto desempleo o rural, considerada zona objetivo de empleo. Una zona objetivo de empleo es una zona que, en el momento de la inversi\u00f3n, es una zona rural o una zona que experimenta un desempleo de al menos el 150% de la tasa media nacional. El inversor debe demostrar el origen de la inversi\u00f3n de capital. Por capital se entiende efectivo, equipos, existencias, otros bienes tangibles, equivalentes de efectivo y endeudamiento garantizado por activos propiedad del empresario extranjero. El inversor debe demostrar el origen del capital demostrando que procede de un pa\u00eds extranjero y de fuentes l\u00edcitas. Una inversi\u00f3n subvencionable debe crear o conservar, en un plazo de dos a\u00f1os, puestos de trabajo a tiempo completo para al menos diez ciudadanos estadounidenses, residentes legales permanentes u otros inmigrantes autorizados a trabajar en Estados Unidos. Este n\u00famero no debe incluir al inversor ni a su c\u00f3nyuge e hijos Los empleos creados o conservados pueden ser directos o indirectos. 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